Condiciones del programa de afiliados
Versión 1.0 · en vigor desde el
Artículo 1 — Partes y definiciones
Las presentes condiciones del programa de afiliados (las «Condiciones») se celebran entre:
- CODEVIUM SAS, sociedad por acciones simplificada (société par actions simplifiée) con un capital social de 1000 €, inscrita en el Registro de Comercio y Sociedades de París con el número 988 166 393, con domicilio social en 60 rue François 1er, 75008 Paris, Francia, número de IVA intracomunitario FR32 988166393, que explota el servicio con el nombre comercial iPand («iPand» o «nosotros»);
- y cualquier persona que actúe con fines profesionales y cuya candidatura al programa haya sido aceptada (el «Socio»).
En las Condiciones:
- Programa: el programa de afiliados de iPand, mediante el cual el Socio recomienda el Servicio y recibe una comisión sobre los pagos de los clientes que aporta.
- Servicio: la plataforma en línea iPand, accesible en app.ipand.io, descrita en las condiciones generales de contratación.
- Código: el identificador (código de socio) asignado al Socio cuando se acepta su candidatura.
- Enlace: una dirección del sitio web o de la aplicación de iPand que incluye el Código, con la forma ?ref=CODE.
- Cuenta aportada: una cuenta de iPand creada con el Código de un Socio activo, en las condiciones del artículo 5.
- Cliente aportado: la Organización creada en el Servicio por una Cuenta aportada.
- Organización: el espacio de un cliente en el Servicio, que agrupa sus marcas, sus miembros y su facturación.
- Primer pago: la primera factura de un Cliente aportado pagada con un importe abonado superior a cero.
- Periodo de comisión: para un Cliente aportado, los 3 meses de servicio que comienzan al inicio del periodo cubierto por su Primer pago.
- Comisión: la cantidad debida al Socio por una factura pagada por un Cliente aportado.
- Liquidación: el estado mensual de las Comisiones pagaderas al Socio en una divisa.
- Espacio de socio: la página de la aplicación en la que el Socio sigue su Código, sus Enlaces, sus registros, sus clientes, sus Comisiones y sus Liquidaciones.
Artículo 2 — Objeto y documentos aplicables
Las Condiciones regulan la candidatura al Programa, la atribución de los clientes, el cálculo, la liquidación y el pago de las Comisiones, y el fin de la participación.
El uso del Servicio por parte del Socio, en particular de su cuenta y de su Espacio de socio, sigue rigiéndose por las condiciones generales de uso. En todo lo relativo al Programa, prevalecen las Condiciones.
La participación en el Programa no da derecho a ningún descuento ni a ninguna ventaja en las suscripciones que el Socio contrata para sí mismo; estas suscripciones se rigen por las condiciones generales de contratación.
Artículo 3 — Quién puede participar
El Programa está abierto a profesionales: agencias, consultores SEO, creadores de contenido, autónomos, sociedades y asociaciones, sea cual sea su país de establecimiento, siempre que puedan emitir una factura por las Comisiones que perciben. No está abierto a consumidores.
El Socio declara actuar en el marco de su actividad profesional y disponer de los derechos y las autorizaciones necesarios para recomendar el Servicio.
Artículo 4 — Candidatura y aceptación
La candidatura se presenta mediante el formulario de la página «Programa de afiliados» del sitio web ipand.io. Al enviarlo, el candidato acepta las Condiciones en su versión vigente.
iPand examina cada candidatura y es libre de aceptarla o rechazarla, sin tener que motivar su decisión. Se informa al candidato de la decisión por correo electrónico.
Tras la aceptación, iPand asigna un Código al Socio. El Programa se gestiona desde una cuenta de iPand abierta con la dirección de correo electrónico de la candidatura: si esa dirección ya tiene una cuenta, el Socio queda vinculado a ella; si no, crea su cuenta con esa dirección y queda vinculado a ella al crearla. El Código es personal: el Socio no lo cede ni lo comparte con otro profesional para que este lo difunda en su lugar.
Artículo 5 — Enlaces, Código y atribución
El Socio dispone de dos Enlaces, que se muestran en su Espacio de socio: la página de inicio del sitio web (https://ipand.io/?ref=CODE) y el registro directo en la aplicación (https://app.ipand.io/sign-up?ref=CODE).
El Código acompaña la visita al sitio web trasladándose a los enlaces de una página a otra, sin cookies ni almacenamiento en el navegador. Una cuenta se atribuye al Socio cuando se crea durante una visita iniciada desde un Enlace, antes de cualquier recarga de la aplicación: es el primer contacto registrado al crear la cuenta. El primer contacto de una cuenta nunca se sustituye: un Código recibido más tarde no tiene ningún efecto.
Quedan excluidas de la atribución:
- una cuenta creada sin el Código, o con un Código desconocido, mal introducido, o que pertenezca a un Socio suspendido o cuya participación haya finalizado;
- una cuenta creada al aceptar una invitación a una Organización existente;
- una cuenta que ya existía en el momento en que se siguió el Enlace.
No se realiza ninguna atribución a posteriori, por declaración del Socio o del cliente.
Artículo 6 — Cliente aportado
La Organización creada en el Servicio por una Cuenta aportada pasa a ser un Cliente aportado del Socio. Una Organización solo cuenta para un único Socio.
El Socio no puede aportarse a sí mismo: no se debe ninguna Comisión por una Organización cuya propietaria sea la cuenta del Socio, es decir, la cuenta que la creó. En cambio, el Socio puede ser invitado como miembro a la Organización de un Cliente aportado, en particular cuando lo acompaña en el uso del Servicio, sin que ello afecte a sus Comisiones.
iPand puede examinar los Clientes aportados que presenten indicios de una aportación artificial (mismo dominio de correo electrónico que el Socio, miembros en común con una organización del Socio, cuentas creadas para obtener Comisiones) y, en los casos previstos en el artículo 11, excluirlos del Programa.
Artículo 7 — Comisión
Por cada Cliente aportado, el Socio recibe una Comisión del 30 % de los importes sin impuestos realmente pagados por ese cliente a iPand, una vez deducidos los descuentos y sin impuestos, durante los 3 primeros meses de servicio a partir de su Primer pago (el Periodo de comisión). Una factura que cubre un periodo de servicio más largo, por ejemplo una suscripción anual pagada por adelantado, solo da derecho a Comisión a prorrata de la parte de ese periodo comprendida en el Periodo de comisión, contada en meses: una suscripción anual cuenta por 3 meses de 12. Una factura cuyo periodo de servicio comienza después del Periodo de comisión deja de dar derecho a Comisión.
Cuentan todos los planes de pago del Servicio, incluido el plan A medida. Una suscripción o un contrato que no dé lugar a ninguna factura pagada (contrato sin facturación, prueba) no da derecho a Comisión.
Los reembolsos, las facturas rectificativas y las disputas de pago perdidas reducen o anulan la Comisión de la factura correspondiente, en proporción al importe sin impuestos que restan. Una factura que no se paga no da derecho a Comisión. Una factura negativa, que abona un saldo a favor del cliente (por ejemplo, en un cambio de plan prorrateado), reduce las Comisiones en la misma cantidad.
Si la Comisión correspondiente ya se ha incluido en una Liquidación, la reducción se convierte en una regularización negativa, que se deduce de las Liquidaciones siguientes.
Las Comisiones se calculan en la divisa de la factura, sin conversión, y se redondean al céntimo más próximo. Las calcula iPand a partir de los datos de su proveedor de pagos, que hacen fe entre las partes.
Artículo 8 — Plazo y Liquidación mensual
Una Comisión pasa a ser pagadera 30 días después del pago de la factura correspondiente. Antes de que venza ese plazo, queda pendiente.
Tras el final de cada mes, iPand elabora, para cada divisa, una Liquidación de las Comisiones que hayan pasado a ser pagaderas a más tardar el último día del mes y que aún no se hayan liquidado, incluidas las regularizaciones. Solo se elabora una Liquidación si su importe alcanza el umbral de 50 € para el euro, o de 50 $ para el dólar estadounidense. Por debajo del umbral, las Comisiones siguen devengadas y se incluyen en la Liquidación del mes siguiente.
Cuando el Periodo de comisión de cada uno de los Clientes aportados del Socio que hayan realizado un Primer pago ha terminado y todas sus Comisiones en una divisa han pasado a ser pagaderas, iPand elabora la Liquidación de esa divisa aunque su importe no alcance el umbral, para que ese saldo no quede pendiente. Se considera terminado el Periodo de comisión de un Cliente aportado excluido del Programa (artículo 11), o de todos los Clientes aportados de un Socio cuya participación haya finalizado (artículo 12). Si un Cliente aportado realiza después su Primer pago, comienza un nuevo Periodo de comisión y el umbral vuelve a aplicarse.
Se avisa al Socio por correo electrónico de cada Liquidación, que figura también en su Espacio de socio con su número.
Artículo 9 — Factura y pago
Para cobrar, el Socio envía a contact@ipand.io, indicando el número de la Liquidación:
- su factura por el importe de la Liquidación, emitida a nombre de CODEVIUM SAS y conforme a las normas que le sean aplicables (impuesto sobre el valor añadido, mención de exención o de inversión del sujeto pasivo, en su caso);
- sus datos bancarios.
iPand abona el importe mediante transferencia bancaria, en los 30 días siguientes a la recepción de una factura conforme. La Liquidación figura entonces como pagada en el Espacio de socio, con la fecha y la referencia de la transferencia, y se avisa de ello al Socio por correo electrónico.
iPand no registra ningún dato bancario en el Servicio: conserva la factura del Socio y el justificante de la transferencia para su contabilidad. Cada parte asume sus propios gastos bancarios.
El Socio es el único responsable de sus declaraciones y de sus obligaciones fiscales y sociales en relación con las Comisiones que percibe.
Artículo 10 — Obligaciones del Socio
El Socio presenta iPand de forma leal y exacta. En particular, se abstiene de:
- anunciar funciones, precios, descuentos o resultados que el Servicio no ofrece; los precios y los planes son los de la página Precios del sitio web;
- enviar mensajes no solicitados (spam) o recomendar el Servicio por medios contrarios a la ley;
- comprar palabras clave publicitarias que contengan la marca iPand o una marca similar, y registrar un nombre de dominio o una cuenta en una red social que la contenga;
- presentarse como iPand, como miembro de su equipo o como revendedor oficial;
- remunerar o incitar a personas a crear una cuenta o a pagar para obtener Comisiones, o crear cuentas para sí mismo o para sus allegados mediante su propio Enlace;
- perjudicar la imagen de iPand o de los motores de inteligencia artificial medidos por el Servicio.
El Socio indica claramente la naturaleza comercial de su recomendación cuando la ley que le es aplicable lo exige, en particular cuando recomienda el Servicio como creador de contenido.
El Socio puede utilizar el nombre y el logotipo de iPand para presentar el Servicio, sin modificarlos, mientras participe en el Programa. Esta autorización es personal y gratuita, y finaliza con su participación.
Artículo 11 — Fraude, suspensión y exclusión
En caso de incumplimiento de las Condiciones, de fraude o de intento de fraude, iPand puede, sin preaviso:
- suspender el Código del Socio, que deja entonces de atribuir nuevas cuentas;
- excluir del Programa a un Cliente aportado: sus Comisiones aún no pagadas se anulan, e iPand puede recuperar, mediante regularización, las Comisiones ya pagadas por ese cliente;
- poner fin a la participación del Socio en las condiciones del artículo 12.
iPand informa al Socio por correo electrónico de la medida adoptada y de su motivo. El Socio puede enviar sus observaciones a contact@ipand.io.
Artículo 12 — Duración y fin de la participación
La participación en el Programa se establece por tiempo indefinido. Cada parte puede ponerle fin en cualquier momento, por correo electrónico, con un preaviso de 15 días. iPand puede ponerle fin sin preaviso en caso de incumplimiento grave del Socio.
Al finalizar la participación:
- el Código deja de atribuir cuentas;
- no se debe ninguna Comisión por los pagos realizados después de la fecha de finalización;
- las Comisiones debidas por pagos anteriores siguen devengadas y se pagan según los artículos 8 y 9, incluido un saldo inferior al umbral, salvo en caso de finalización por incumplimiento, en el que se pierden las Comisiones relacionadas con el incumplimiento.
iPand también puede poner fin al Programa para todos los Socios, con un preaviso de 30 días notificado por correo electrónico; las Comisiones devengadas se pagan entonces según los artículos 8 y 9.
Artículo 13 — Independencia
El Socio actúa como profesional independiente. Las Condiciones no crean entre las partes ni contrato de trabajo, ni mandato, ni agencia comercial, ni sociedad. El Socio no puede obligar a iPand, ni celebrar un contrato en su nombre, ni cobrar un pago por su cuenta. El Programa no es exclusivo.
Artículo 14 — Datos personales
Para gestionar el Programa, iPand trata los datos del Socio (identidad, datos de contacto, empresa, presentación, Código, Liquidaciones y pagos) como responsable del tratamiento, conforme a su política de privacidad. Las Liquidaciones y los datos que las justifican se conservan durante el tiempo que exijan las obligaciones contables de iPand.
El Espacio de socio muestra los clientes aportados de forma anonimizada (orden de atribución, fechas, estado, Comisiones): iPand no comunica al Socio ni el nombre, ni los datos de contacto, ni los datos de los Clientes aportados.
El Socio trata los datos personales de sus propios contactos bajo su exclusiva responsabilidad, respetando la normativa que le sea aplicable.
Artículo 15 — Confidencialidad
El Socio mantiene la confidencialidad de la información no pública que recibe en el marco del Programa, en particular el contenido de sus Liquidaciones y las condiciones particulares que se le pudieran conceder.
Artículo 16 — Responsabilidad
iPand hace todo lo posible por registrar las atribuciones y calcular las Comisiones, pero no garantiza ni un número de registros ni un importe de Comisiones. No es responsable de una atribución fallida debida al recorrido seguido por el visitante (Enlace no seguido, recarga, otro dispositivo), ni de una falta de disponibilidad del Servicio o de sus proveedores.
Salvo culpa grave o dolo, la responsabilidad de iPand en virtud del Programa se limita al importe de las Comisiones pagadas al Socio durante los doce meses anteriores al hecho generador.
Artículo 17 — Modificación de las Condiciones
iPand puede modificar las Condiciones, en particular el porcentaje, la duración, el plazo o los umbrales. Toda modificación se notifica al Socio por correo electrónico al menos 30 días antes de su entrada en vigor; solo se aplica a los pagos realizados a partir de esa fecha. El Socio que la rechace puede poner fin a su participación sin preaviso antes de esa fecha; en caso contrario, se considera que la acepta.
Artículo 18 — Idioma, ley aplicable y jurisdicción
Las Condiciones están redactadas en francés, que es la versión que hace fe; las traducciones se facilitan a título informativo.
Las Condiciones se rigen por el derecho francés. En caso de litigio, las partes buscan primero una solución amistosa. A falta de acuerdo, y si el Socio tiene la condición de comerciante, los tribunales de París son los únicos competentes; en los demás casos, se aplican las normas de competencia de derecho común.